DECRETO N° 1336

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 113 de la Constitución Política del Estado y 42 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, declara procedente la acreditación del contenido del acta de fecha 23 de mayo de 2009, en la que el Cuerpo Colegiado Municipal de La Reforma, Putla, Oaxaca, calificó procedente la licencia presentada por la C. FELIPA JIMÉNEZ SARMIENTO, para separarse del cargo de Regidora de Salud de ese Ayuntamiento y que el C. MARIO CHÁVEZ GONZÁLEZ, ocupe el cargo de Regidor de Salud Interino del Ayuntamiento de La Reforma, Putla, Oaxaca.

 

 

Comuníquese esta determinación al Honorable Ayuntamiento de La Reforma, Putla, Oaxaca; y al Director de Gobierno, para los efectos legales procedentes.

 

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su aprobación, publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

 

 

 

 

 

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 9 de julio de 2009.

 

 

 

 

DIP. FRANCISCO JAVIER VERA MÉNDEZ.

PRESIDENTE.
RÚBRICA

 

 

 

DIP. AGUSTÍN AGUILAR MONTES

SECRETARIO.
RÚBRICA

 

 

DIP. FELIPE REYES ÁLVAREZ.

SECRETARIO.
RÚBRICA